Gibraltar y el Tratado — Sala de Lectura
← Volver al inicio

Artículo 43, Entrada en Gibraltar

Artículo 43

Palabras sencillas

En los pasos fronterizos que señala, a las personas residentes en Gibraltar que entran en Gibraltar no se les comprobará que cumplen una determinada condición de entrada de las , la que cita expresamente el tratado. En todo caso, no se les impedirá cruzar esos pasos para entrar en Gibraltar aunque no cumplan las demás condiciones de entrada de las normas de Schengen.

Palabras exactas

1. En los pasos fronterizos a que se refiere el artículo , apartado 1, del presente Acuerdo, las personas residentes en Gibraltar no se someterán a la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 6, apartado 1, letra c), del Código de fronteras Schengen para poder entrar en Gibraltar.

2. En todo caso, no se impedirá el cruce por los pasos fronterizos a que se refiere el artículo , apartado 1, del presente Acuerdo, con el fin de entrar en Gibraltar, a las personas residentes en Gibraltar que incumplan las demás condiciones de entrada establecidas en el artículo 6, apartado 1, del Código de fronteras Schengen.

← Volver al inicio

© 2026 Premier Global Market Solutions Limited. Reservados todos los derechos.

¿Quién financia esta web?