El plan de ejecución del Reino Unido, con respecto a Gibraltar, tiene por objeto dar cumplimiento al mandato del acuerdo de eliminar todos los controles, inspecciones y barreras físicas sobre las personas y mercancías que circulan entre España y Gibraltar. Las medidas necesarias para ejecutar el plan estarán coordinadas por la Oficina del Director Técnico Principal del Gobierno de Gibraltar, que ha elaborado una propuesta técnica con dos fases temporales diferenciadas y tres líneas de actuación distintas. La división en fases temporales permitirá completar las medidas más urgentes antes de la aplicación provisional del acuerdo, mientras que otras medidas deberán finalizarse en una fecha posterior.
Durante la primera fase temporal del plan de ejecución, y con fecha de finalización anterior al 15 de julio de 2026, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
– Obras de desvío del tráfico de vehículos de mercancías: No se requieren cambios en la ubicación del actual punto de acceso para los vehículos de mercancías, ya que este conectará con la nueva vía construida en el lado español.
– Adaptaciones que deberán realizarse dentro de la terminal aérea actual para permitir los controles de personas y mercancías mientras se construye la ampliación definitiva del aeropuerto: Ello incluirá la construcción de instalaciones para la realización de inspecciones de segunda línea y un corredor para la escolta de pasajeros hasta una aeronave cuando sea necesario ejecutar una denegación de entrada. Se instalará señalización que proporcione identificación visual del control fronterizo Schengen.
– Retirada de la infraestructura actual: Con el fin de dar cumplimiento al mandato del acuerdo de eliminar todos los controles, inspecciones y barreras físicas, el plan de ejecución incluye la retirada de toda la infraestructura física relacionada con la circulación de personas entre la Unión y Gibraltar (por ejemplo, garitas, marquesinas, edificios y vallado) y la demolición de los edificios actualmente utilizados para la gestión del tráfico fronterizo, excluidos aquellos necesarios para llevar a cabo los controles hasta que se levante la nueva infraestructura. También incluirá la demolición íntegra de la verja fronteriza.
Durante la segunda fase temporal del plan, y con fecha de finalización anterior al 1 de enero de 2028, se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
– Obras de desvío del tráfico de vehículos de mercancías: Se realizarán modificaciones menores en la ubicación de la entrada de vehículos de mercancías para habilitar el espacio de trabajo necesario para construir la ampliación de la terminal aérea. Ello tendrá lugar una vez retirados los tramos de verja fronteriza adyacentes.
– Construcción de la ampliación definitiva del aeropuerto: Se construirán dos anexos a la terminal aeroportuaria actual en las esquinas noreste y noroeste para permitir el control de personas y mercancías por las autoridades competentes del Reino Unido, con respecto a Gibraltar. Esta construcción será realizada por las autoridades del Reino de España junto con las autoridades competentes del Reino Unido, con respecto a Gibraltar.
– Retirada de la infraestructura actual: Se completará la demolición del edificio principal situado en la entrada a Gibraltar, actualmente utilizado por la Borders & Coastguard Agency y HM Customs para la gestión de los controles fronterizos y aduaneros.
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El presente Acuerdo Administrativo entró en vigor el 25 de junio de 2026, fecha de su firma, y se aplicará desde la fecha de la entrada en vigor del acuerdo con respecto a Gibraltar entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por otra, según se establece en su Parte 4.
Madrid, 15 de julio de 2026.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.
Es el plan de ejecución del Reino Unido, para Gibraltar. Su objeto es cumplir el mandato del tratado de eliminar todos los controles, inspecciones y barreras físicas sobre las personas y mercancías que circulan entre España y Gibraltar. Las medidas necesarias para ejecutar el plan estarán coordinadas por la Oficina del Director Técnico Principal del Gobierno de Gibraltar, que ha elaborado una propuesta técnica con dos fases temporales diferenciadas y tres líneas de actuación distintas. La división en fases permitirá completar las medidas más urgentes antes de la aplicación provisional del tratado, mientras que otras medidas deberán terminarse en una fecha posterior. En la primera fase, que terminará antes del 15 de julio de 2026, se harán estas actuaciones. Obras de desvío del tráfico de vehículos de mercancías: no hace falta cambiar la ubicación del actual punto de acceso de los vehículos de mercancías, porque conectará con la nueva vía construida en el lado español. Adaptaciones dentro de la terminal aérea actual para permitir los controles de personas y mercancías mientras se construye la ampliación definitiva del aeropuerto: incluirán instalaciones para hacer inspecciones de segunda línea y un corredor para escoltar a pasajeros hasta una aeronave cuando haya que ejecutar una denegación de entrada; además, se instalará señalización que identifique visualmente el control fronterizo Schengen. Retirada de la infraestructura actual: para cumplir el mandato del tratado de eliminar todos los controles, inspecciones y barreras físicas, el plan incluye retirar toda la infraestructura física relacionada con la circulación de personas entre la UE y Gibraltar (por ejemplo, garitas, marquesinas, edificios y vallado) y demoler los edificios que hoy se usan para gestionar el tráfico fronterizo, excepto los necesarios para hacer los controles hasta que se levante la nueva infraestructura; también incluirá demoler por completo la verja fronteriza. En la segunda fase, que terminará antes del 1 de enero de 2028, se harán estas actuaciones. Obras de desvío del tráfico de vehículos de mercancías: se harán modificaciones menores en la ubicación de la entrada de vehículos de mercancías para habilitar el espacio de trabajo necesario para construir la ampliación de la terminal aérea, una vez retirados los tramos de verja fronteriza adyacentes. Ampliación definitiva del aeropuerto: se construirán dos anexos a la terminal actual del aeropuerto, en las esquinas noreste y noroeste, para permitir el control de personas y mercancías por las autoridades competentes del Reino Unido, para Gibraltar; esta construcción la harán las autoridades del Reino de España junto con las autoridades competentes del Reino Unido, para Gibraltar. Retirada de la infraestructura actual: se completará la demolición del edificio principal situado en la entrada a Gibraltar, que hoy usan la Borders & Coastguard Agency y HM Customs para gestionar los controles fronterizos y aduaneros. Al final, el texto dice que este acuerdo administrativo entró en vigor el 25 de junio de 2026, fecha de su firma, y se aplicará desde la fecha de entrada en vigor del tratado, según se establece en una de sus partes. Al pie figuran el lugar y la fecha, Madrid, 15 de julio de 2026, y la Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.